
Si no cumplen este requisito
Si observamos la pirámide de población española descubrimos una tendencia preocupante: existe tal descompensación que cada trabajador cubre a un pensionista y medio, baremo que es probable que se amplíe en los años venideros con la jubilación de la generación ‘baby boomer’.
En aras de frenar este desajuste, el Gobierno ofrece una serie de incentivos a los que retrasen su salida del mercado laboral al mismo tiempo que aumenta la edad de jubilación y las cotizaciones requeridas para disfrutar de la pensión. Y es que desde 2013 se viene retrasando la edad de jubilación al mismo tiempo que se incrementan las cotizaciones.
Cuando esta medida se puso en marcha la edad de jubilación estaba establecida en 65 años para los que hubieran cotizado 35 años y 3 meses o más y en 65 años y 1 mes para los que hubieran cotizado menos de dicho periodo. Actualmente, en 2025, la edad de jubilación está en 65 años para los que hayan trabajado estando dados de alta en la Seguridad Social durante 38 años y 3 meses o más y en los 66 años y 8 meses para los que lo hayan hecho menos.
Para 2026 la edad de jubilación cambia nuevamente, quedando establecida de la siguiente forma:
A los 65 años para los que puedan acreditar un periodo de cotización de 38 años y 3 meses o más.
A los 66 años y 10 meses para los trabajadores que hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses.
De esta forma se incrementa en dos meses la edad de retiro laboral para las carreras profesionales más cortas en comparación con 2025.
La edad de jubilación cambiará también en 2027
Ahora bien, la edad de jubilación volverá a cambiar en 2027. Esta vez lo hará de forma definitiva, es decir, que si no se introducen cambios en el futuro próximo, a partir de 2027 la edad de retiro quedará de la siguiente forma para 2028, 2029 y sucesivos:
- A los 65 años para los que puedan acreditar un periodo de cotización de 38 años y 6 meses o más.
- A los 67 años para los trabajadores que hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses.
Con todo, los hay que pueden retirarse antes de la edad legal ordinaria estipulada, no sin enfrentar coeficientes reductores por ello. De este modo, los que pudiendo jubilarse a los 65 años lo hagan, por ejemplo, a los 63, es decir, adelantando dos años su retiro laboral, enfrentarán una reducción en la cuantía de su pensión de entre el 13% y el 21%.
No obstante, los que decidan atrasar su jubilación recibirán por ello un incentivo económico. Según detallan fuentes gubernamentales en la revista de la Seguridad Social, los contribuyentes que, voluntariamente, retrasen su jubilación podrán disfrutar de uno de los siguientes incentivos de demora:
- Porcentaje adicional del 4% en la cuantía de la pensión por cada año completo adicional, cotizado después de la edad ordinaria. Tras la última reforma, a partir del segundo año de demora «los periodos superiores a seis meses e inferiores a un año también podrán computarse y recibirán un porcentaje adicional del 2%», según la Seguridad Social.
- Cantidad a tanto alzado. Es un pago único por año cotizado que oscila entre los 4.800 y los 13.500 euros en función de los años demorados, teniéndose en cuenta los años de cotización acreditados en la fecha en que se cumplió la edad de jubilación ordinaria para su cálculo.
- Fórmula mixta. Como su propio nombre indica, se trata de una opción híbrida que combina las dos anteriores.
Jubilarse a los 70
El pasado mes de mayo el parlamento de Dinamarca aprobó con 81 votos a favor y 21 en contra elevar la edad de jubilación hasta los 70 años a partir de 2040, una decisión que puso en alerta, no solo a los trabajadores daneses, sino a los de todo el mundo.
En España, uno de los primeros que se aventuró a analizar este veredicto fue el economista Gonzalo Bernardos, que lanzó una advertencia muy clara: «Preparaos para lo que viene». Aún más, teniendo en cuenta el déficit actual, espera que «seguiremos su ejemplo más tarde o más temprano». De momento no se espera un alza de la edad de jubilación en España más allá de los 67 años a partir de 2027.
Fuente elEconomista.es