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Por Freddy González
El primer derecho de ciudadanía consagrado en el artículo 22, numeral 1 de nuestra constitución, es el derecho de elegir y ser elegido, de la forma en que lo establece el artículo 208 del texto constitucional, mediante el voto «Personal, Libre, Directo y Secreto».
Visto lo establecido en nuestro ordenamiento constitucional, a ningún dominicano con sus derechos políticos y civiles habilitado y que haya cumplido con los requisitos legales como tener su cédula de identidad y electoral y figurar empadronado en el registro electoral, no importa en el país en que se encuentre, no se le puede impedir ese derecho.
En nuestro país el voto es libre, lo que significa que a nadie se le puede obligar hacerlo y ni castigar por no hacerlo.
Esto lo traigo a colación por el tema en discusión de que, debido al alto porcentaje de abstención de la diáspora, de 80.9% en las elecciones del 2024, y la cuantiosa suma invertida en la organización de los procesos, éstos deben ser eliminados; lo que conlleva el cercenamiento de un derecho consagrado en nuestro ordenamiento jurídico.
La diáspora dominicana sobrepasa los dos millones, concentrada fundamentalmente en los Estados Unidos y en Europa; la cual ha venido contribuyendo con la economía del país como lo evidencian las remesas llegadas al país entre enero y agosto del presente año, que alcanzaron la cifra de US$ 8,432.7 millones; el 80% procedente de los Estados Unidos, convirtiéndose en la segunda fuente de ingresos de divisas en el país, después del turismo.
Así como nuestra diáspora contribuye con nuestra estabilidad económica, tiene derecho a que su voz sea escuchada al decidir los destinos del país.
Hasta la reforma del 1994, la diáspora sólo era vista por los partidos y candidatos como una fuente para adquirir recursos para el financiamiento de sus campañas.
Fue producto de su lucha y del esfuerzo de líderes como el Dr. José Francisco Peña Gómez que en la reforma constitucional de ese año se logró incluir en dicho texto constitucional, el artículo 20, sobre la doble nacionalidad que establece: “Se reconoce a dominicanas y dominicanos la facultad de adquirir una nacionalidad extranjera. La adquisición de otra nacionalidad no implica la pérdida de la dominicana».
Años más tarde, en 1997 en la promulgación de la Ley electoral, la 275-97, se incluía en su artículo 82 la posibilidad de que los dominicanos residentes en otros países pudieran votar.
Hubo de pasar siete (7) años para que ese anhelo de nuestros compatriotas del exterior pudieran verlo realizado.
Es a partir de las elecciones del 2004 en la modalidad de elecciones separadas cuando la diáspora voto por primera vez, solo en el nivel presidencial.
Para esa fecha, pese a la enorme cantidad de dominicanos que residían en el exterior, los empadronados con derecho a ejercer el voto fuera del país solo alcanzó la cifra de 52,440 personas; de los cuales votaron 35,042, el 66.8%, cifra motivada por el entusiasmo de participar por primera vez en escoger quienes iban a dirigir los destinos de la nación.
Para el 2008, el padrón de había triplicado, llegando a la cifra de 154,789, de los cuales acudieron al sufragio 76,713, el 49.5%.
En el 2011, se promulgo la Ley 136-11 que regula el voto para la elección de los diputados y diputadas representantes de la comunidad dominicana, en el exterior en tres circunscripciones electorales, cuya aplicación sería para el año 2016 por los dos años que se prolongó el período legislativo y municipal para la reunificación de las elecciones en un mismo año, como lo estableció la reforma constitucional del 2010.
Para las elecciones del 2012, también a nivel presidencial, el padrón del exterior era de 328,649 de los que votaron 147,479, el 44.8%.
En el 2016 el padrón tenía 384,523 y votaron 187, 273, el 48.7%.
Para el 2020 en medio de la pandemia de la COVID-19, el padrón casi se duplicó alcanzando la cifra de 595,879 y sufragaron 129,567, el 24.6%, cifra considerable dada la situación de una crisis mundial de salud que dejó millones de muertos en todo el planeta.
Para el 2024 pese que el padrón aumentó considerablemente alcanzando a una cifra de 863,784 inscritos, de los cuales sólo votaron 164,460, igual a el 19.1%, lo que realmente es preocupante, pero también se inscribe en la alta abstención realizada en el país de un 45.63 %, sólo superada por la registrada en 2020 en plena pandemia de la COVID-19 de un 50.86%.
Es necesario tomar en cuenta algunos elementos a la hora de analizar ese descenso vertiginoso que ha experimentado la participación dominicana votando en el exterior en los últimos 20 años, que descendió de un 66.8% en el 2004 a un 19.1% en 2024.
En primer lugar, el carácter no clientelar del voto de los dominicanos que viven en el exterior, donde el 99% vive de su trabajo, dependiendo únicamente de su esfuerzo personal, lo que determina que su voto es por una oferta que satisfaga sus expectativas de soluciones a los problemas que los aquejan, tanto en donde residen, como en el país, con el nunca rompen sus vínculos.
Es un voto más consciente y menos clientelar.
La mayoría de las candidaturas a las diputaciones que los partidos presentan en las tres circunscripciones del exterior son producto de las imposiciones o de reparticiones grupales, sin tomar en cuenta si tienen liderazgo en la comunidad que aspiran a representar.
Las candidaturas presidenciales sólo conquistan a sus adeptos, organizados o no, con promesas que en su gran mayoría son olvidadas concluido el proceso, para querer retornarlas en la próxima contienda.
Pese a esta realidad, el porcentaje de la participación de la diáspora dominicana en seis procesos electorales en los últimos 20 años es de 42.25%, nada despreciable partiendo de la realidad en que viven nuestros compatriotas de la diáspora.
Esos son los números fríos.
A diferencia de nuestra diáspora; en el país los partidos tienen una militancia cautiva, muchas veces rayando en el fanatismo y el clientelismo es una institución y un porcentaje que podría superar el 20%, es considerado un voto chatarra, que se ejerce sobre el mediodía día de las elecciones, condicionado por dádivas de diversa naturaleza, situación que no se da en el exterior.
Sin motivación, sin candidaturas que realmente lo represente y con promesas incumplidas cada cuatrienio, es cuesta arriba pretender revertir esa tendencia.
¿Pero eso es motivo para que se impida que casi un millón de dominicanos que seguro estarán empadronados para las elecciones del 2028 puedan ejercer su derecho al voto?
Rotundamente NO.
Impedirlo es una violación al primer de derecho de ciudadanía de elegir y ser elegido.
Lo que debe llamar la atención de todo ciudadano es el deterioro creciente de nuestro sistema de partidos que tiene que cuestionarse seriamente su accionar, reprobada por un 60% de los dominicanos según las últimas mediciones.
Preguntarse por qué crece la franja de indecisos y por qué la variable de abstención sigue en aumento tanto en el exterior como en el país.
Lo cierto es que tenemos un sistema de partidos en crisis cuyo deterioro es una amenaza para el débil sistema democrático que viven los dominicanos a raíz de la muerte de Trujillo hace 65 años, porque sin partidos la democracia es una ficción, ambos son consustanciales y sólo un sistema de partidos fuerte puede producir una democracia de igual magnitud.
Revertir la peligrosa tendencia abstencionista y de desapego a las organizaciones políticas del país, requiere de nuevas alternativas, nuevo liderazgo, de propuestas que pasen del simple enunciado a la solución real de los problemas que aquejan la sociedad dominicana.
Plantear la posibilidad de eliminar el voto de los dominicanos que viven en el exterior por el motivo que sea es una violación de un derecho consagrado en nuestra Carta Magna, que no soluciona el problema de fondo, de lo que en gran medida son responsables nuestras organizaciones políticas.
Es como irse por las ramas, alejándose del tronco que representa el elemento clave del problema.
La fiebre no está en la sabana sino en el cuerpo enfermo de nuestro sistema de partidos







