
La Jurisdicción Especial para la Paz envió a la cárcel al coronel retirado Publio Hernán Mejía, el cual se encontraba en libertad condicional
Este militar es acusado del asesinato de 70 personas, las cuales fueron presentadas como guerrilleros muertos en combate.
Por incumplir el régimen de condicionalidad, la JEP revocó el beneficio de libertad y expidió orden de captura contra el coronel (r) Publio Hernán Mejía.
La JEP informó en el día de hoy que el coronel (r) Publio Hernán Mejía incumplió las garantías de no repetición y revictimización con las que se comprometió cuando se sometió a la JEP. Así lo determinó la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad, tras resolver el incidente de incumplimiento del régimen de condicionalidad.
El tribunal decidió revocar el beneficio de libertad otorgado y ordenar la captura del alto oficial retirado del ejército. Publio Hernán Mejía es acusado por antiguos soldados profesionales de tener vínculos con paramilitares y de ordenar el asesinato de personas para luego presentarlas como guerrilleros dados de baja en combate.
El coronel (r) Publio Hernán Mejía se encontraba en libertad después que la JEP autorizó la libertad transitoria, condicionada y anticipada en 2017.
La decisión fue tomada luego de comprobar que las expresiones utilizadas por el compareciente, en redes sociales, violaron el compromiso de garantías de no repetición.
La JEP le imputó a Mejía Gutiérrez crímenes de guerra y lesa humanidad, dentro del Caso 03, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas que fueron presentados como bajas en combate por agentes de Estado. Como comandante del Batallón de Artillería No. 2 La Popa (BAPOP), entre el 9 de enero de 2002 y el 9 de julio de 2005, fue hallado máximo responsable por su participación determinante en el asesinato de 75 personas en el norte de Cesar y el sur de La Guajira. Tras decidir no reconocer responsabilidad, el proceso del Coronel (r) fue remitido a la Unidad de Investigación y Acusación.
Según la JEP, expresiones y afirmaciones públicas hechas por Mejía Gutiérrez durante las protestas sociales en 2021 van en contravía del deber que los comparecientes adquieren de asumir la defensa de una cultura de paz, inclusive en escenarios de contienda política.
La JEP analizó 26 vídeos publicados en el canal de YouTube’ Primero la Patria’ y encontró que en cuatro de ellos se presenta una afectación directa al régimen de condicionalidad, lesionando gravemente los derechos y garantías de las víctimas.
El Tribunal determinó que el coronel estigmatizó, amenazó, lanzó expresiones de odio, incitó a la violencia, negó la democracia y revictimizó los derechos de las víctimas. También, presentó la confrontación armada como única salida al conflicto armado. “No se trata, pues, de meras opiniones o comentarios molestos, se trata de continuas y reiteradas expresiones con elevada agresividad orientadas a personas y grupos específicos que incluyen más grave aún a víctimas ante la JEP y a sus representantes”, señaló la JEP.

Coronel (r) Publio Hernán Mejía (al lado de general (r) Zapateiro) durante la marcha de exmilitares del pasado 10 de mayo
En días pasados, el excoronel Publio Hernán Mejía, el exgeneral Iván Ramírez Quintero y el excoronel Juan Carlos Figueroa Suárez fueron sancionados por Estados Unidos por violaciones a los derechos humanos.
Según el gobierno estadounidense, los exmilitares fueron sancionados “por su participación en graves violaciones de los derechos humanos durante las décadas de conflicto armado interno de Colombia”, por lo que ni los exoficiales ni sus familias podrán entrar a territorio norteamericano.
La Jurisdicción Especial para la Paz ordenó que el coronel Mejía sea arrestado y remitido a un lugar de reclusión en donde deberá cumplir la sentencia impuesta por concierto para delinquir agravado.
Fuente Colombia Informa