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Por Johnny Sanchez

La cultura de corrupción permea toda la nación. Vimos en la Semanal 8 septiembre, como el presidente dice “no me meto en temas judiciales, pero en los de mis funcionarios, los llevo a las últimas consecuencias”.
Creo develación de muchos casos de rumores, con evidencias presentadas deben ser más informados al país, por ejemplo:
La fiscalía y todo el ministerio publico bajo Yeni Berenice, debe investigar si estamos ante un funcionario o servidor público que intervino por razón de su cargo en las etapas del proceso de contratación; además investigará si ese funcionario concertó con el interesado en la contratación para defraudar al Estado; investigará si esa concertación ocasionó un perjuicio patrimonial al Estado, en cuyo caso estaremos ante un delito de colusión agravada. ¿Entonces?
La prueba clave que va a usar la fiscalía para investigar la condición de autor del delito de colusión es el llamado “informe documentado”. Pero además la fiscalía complementará este informe con declaraciones de testigos y otros involucrados. La fiscalía investiga este primer elemento del delito de colusión con “documentos”.
Se buscará una base “objetiva” para cerciorarse que la persona tenía la condición de funcionario o servidor público y que además intervino en el proceso de contratación estatal por razón de su cargo. Los documentos fedateados darán esa base probatoria objetiva y sólida a su investigación.
Las declaraciones de testigos y otros involucrados: protocolos
Pero además la fiscalía complementará el informe recibido con declaraciones de otros funcionarios o personas que hayan intervenido en el proceso de contratación.
Por ejemplo, citará a declarar a los administradores de la institución, los encargados de presupuesto, los jefes de logística o unidades encargadas de la contratación, a los especialistas en contrataciones de dichas unidades, a los miembros del comité especial, los funcionarios de la oficina de tecnología de la información, etc.
Fiscalía buscara “prueba directa” de la concertación típica del delito de colusión.
Pero en la mayoría de los casos los elementos que reúne la fiscalía no acreditarán directamente una concertación defraudatoria típica del delito de colusión. Entonces, en estos casos la fiscalía recurrirá a la llamada “prueba indiciaria”. Es decir, buscará “indicios” que si bien no prueban directamente una concertación típica del delito de colusión; sin embargo, vistos en su conjunto, sí llevarán a la conclusión razonable de que existió una concertación defraudatoria entre el funcionario y el interesado.
Estos son algunos de los “indicios” que buscará la fiscalía:
recabar y cruzar datos de la empresa beneficiada: por ejemplo, quiénes fueron y son actualmente los socios, cuáles fueron los antiguos domicilios fiscales de la empresa, quiénes han sido históricamente sus representantes legales. Todo esto procurando siempre encontrar un vínculo entre el funcionario y el interesado para acreditar la conducta típica del delito de colusión.
También pueden servir como indicios los registros de llamadas telefónicas entre las personas investigadas, los reportes de correos electrónicos, las conversaciones de WhatsApp, entre otros elementos que puedan acreditar algún vínculo entre el funcionario y el interesado, y acreditar así la conducta típica del delito de colusión.
Practicar una “pericia contable” a fin de determinar y/o descartar el perjuicio económico en la contratación.
La investigación fiscal del delito de colusión: Resumen y conclusiones.
En resumen, los elementos del delito de colusión dan lugar a grandes ejes en la investigación fiscal.
La fiscalía investigará primero si la persona investigada fue un funcionario o servidor público que intervino directa o indirectamente y por razón de su cargo en el proceso de contratación. Acá es clave el “informe documentado” que la fiscalía solicitará a la institución donde laboró el funcionario público. Pero la fiscalía también citará a declarar a otros funcionarios que participaron en la contratación.
Luego investigará si existió una concertación con el interesado. Para ello buscará prueba directa. Buscará testigos o declaraciones de colaboradores eficaces corroboradas con otros elementos objetivos como audios, videos, correos, chats de WhatsApp, registro de llamadas, váuchers, etc.
Pero el canal de denuncias y el informe obligatorio que deben dar las autoridades para el país saber que resulto, en cada caso, no se informan
https://x.com/euricsanti/status/1965206859872170095?s=46
Desde nov 2024 Senasa fue orden hacerle auditoría y nadie decía nada, apoyo a yoni el informe obligatorio que deben dar las autoridades para el país saber que resulto, en cada caso, no se informan
Den detalles lío senasa metan preso