
Por Fernanda Fernández
En República Dominicana, la desaparición de niños y niñas no puede seguir tratándose como un titular pasajero. No es una noticia más: es una fractura social y una alarma moral. Porque cuando desaparece un niño, no desaparece solo una persona. Desaparece la paz de su casa, se rompe el suelo emocional de una familia, se quiebra la confianza de una comunidad y nace una angustia que no se cura con promesas ni con silencio.
Detrás de cada expediente de “desaparecidos” hay una familia viviendo una doble condena: la ausencia y la incertidumbre. Y cuando el sistema no responde con urgencia, orden y humanidad, el dolor se convierte también en desprotección institucional.
Desde una mirada jurídica, hay un punto que no admite discusión: la desaparición de un menor activa la obligación inmediata del Estado de actuar con debida diligencia reforzada. Esto implica investigar con rapidez, coordinación interinstitucional y rigor técnico. El tiempo cuenta como evidencia. No puede haber burocracia, indiferencia ni improvisación. Cada hora perdida es una oportunidad menos para encontrar con vida, esclarecer responsabilidades y evitar nuevos casos.
La experiencia internacional demuestra que el aumento de desapariciones infantiles suele estar vinculado a delitos graves que operan en redes organizadas: explotación sexual, prostitución infantil, trata de personas, crimen transnacional e incluso tráfico de órganos. No se trata de especular ni de sembrar miedo social, sino de asumir con seriedad escenarios que han sido documentados en múltiples países. Ignorarlos es una forma peligrosa de negación. Investigarlos, en cambio, es una obligación legal y moral.
La Constitución dominicana y las leyes de protección integral de la niñez consagran el interés superior del niño como principio rector. Ese mandato no es retórico: exige prevención efectiva, reacción inmediata y esclarecimiento transparente. En el ámbito penal, el Ministerio Público está llamado a actuar con objetividad, independencia y resultados. La justicia no puede administrar incertidumbre ni acostumbrar a la sociedad al silencio. La justicia debe producir verdad.
Hay además, un punto crítico que no puede seguir postergándose: la ausencia del cuerpo o del menor no debe paralizar investigaciones cuando existen indicios suficientes de delito. En derecho penal moderno, la falta de hallazgo físico no equivale a inexistencia del crimen. Por el contrario, obliga a profundizar, a proteger evidencias, a seguir rutas financieras, digitales y humanas. La impunidad comienza cuando la investigación se detiene por comodidad o temor.
Un país no puede normalizar la desaparición de sus niños sin perder su brújula ética. No es normal que una madre viva con miedo permanente. No es aceptable que la infancia se convierta en territorio vulnerable. La niñez debe ser sinónimo de protección, no de riesgo.
República Dominicana necesita recuperar la confianza social, pero esa confianza no se construye con discursos ni con comunicados aislados. Se construye con protocolos de búsqueda inmediata, unidades especializadas, uso de tecnología, coordinación real entre instituciones, acompañamiento psicológico y legal a las familias, y transparencia en cada etapa del proceso. Esto no es un favor del Estado: es una obligación constitucional.
Porque ningún niño debería convertirse en un número estadístico, y ninguna madre debería aprender a vivir con una pregunta sin respuesta. Proteger a los niños es proteger a la nación misma. Y un Estado que falla en la verdad cuando desaparece un niño, falla también en su humanidad.







