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Presidente Argentina Milei envió al Congreso ley ómnibus

Olga Capellan diciembre 28, 2023
Ley de bases Argentina

Atenta contra la sociedad en su conjunto, pero en especial contra las y los trabajadores

El Presidente presentó finalmente el paquete de leyes con el que pretende ajustar el Estado. Entre sus principales propuestas está declarar la emergencia pública y delegar las facultades legislativas en el Poder Ejecutivo por al menos dos años

El presidente Javier Milei envió al Congreso la “Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos”. En la introducción, el Gobierno explica que una de sus propuestas es que “haga efectiva la delegación legislativa prevista en el artículo 76 de la Constitución Nacional, declarando la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025″. Esto implicaría que se deleguen facultades legislativas al Poder Ejecutivo en todos esos ámbitos.

“Las normas que se dicten en el ejercicio de esta delegación serán permanentes, excepto cuando la naturaleza de la medida determine su carácter transitorio y así se lo disponga en forma expresa”, señala el texto.

La declaración de la emergencia, además, “podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo nacional por el plazo máximo de 2 años”.

El proyecto incluye en Título X la ratificación del decretazo 70/23. Es decir que la aprobación de la iniciativa del Ejecutivo significaría también la aprobación del DNU.

La presentación del Ejecutivo

“Con el espíritu de restituir el orden económico y social basado en la doctrina liberal plasmada en la Constitución Nacional de 1853, presentamos al Honorable Congreso de la Nación el adjunto proyecto de ley y manifestamos nuestra firme voluntad de emprender, inmediatamente y con instrumentos idóneos, la lucha contra los factores adversos que atentan contra la libertad de los argentinos; que impiden el correcto funcionamiento de la economía de mercado y son la causa del empobrecimiento de la Nación”, argumenta el texto publicado en la cuenta de la Oficina del Presidente.

Milei, por su parte, celebró la presentación del proyecto con el que pretende desregular las leyes argentinas en un posteo en sus redes sociales: “Vamos por una Argentina libre y próspera. Viva la libertad, carajo”.

Qué dice el proyecto de ley

Privatización de las empresas públicas

Se dispone la privatización de aquellas empresas y sociedades “de propiedad total o mayoritaria estatal” entre las que se encuentran: Aerolíneas Argentinas; YPF;  Banco Nación; Casa de Moneda Correo Argentino; ARSAT; AySA; Fabricaciones Militares; Ferrocarriles Argentinos; Télam y Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA), entre otras.

Como ya se había anticipado, la intención del Gobierno es constituir sociedades anónimas “en las cuales el Poder Ejecutivo nacional podrá conservar una (1) acción con derecho a veto en las decisiones que impliquen el cierre de la actividad”.

Deuda externa

Con la “ley ómnibus”, Milei pretende poder saltearse el Congreso al momento de tomar deuda de organismos del exterior. En el artículo 107 propone derogar el artículo 1° de la ley Fortalecimiento de la sostenibilidad de deuda pública, que establece que “toda emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras” que supere el porcentaje determinado en la ley de Presupuesto “requerirá de una ley especial del Honorable Congreso de la Nación que la autorice expresamente”.

Sin permiso para protestar

El proyecto también propone la modificación del artículo 194 del Código Penal para endurecer las penas a los manifestantes, estén o no presentes al momento de la protesta. El texto vigente establece de tres meses a dos años de prisión para “el que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas”.

El Gobierno de Milei quiere penar con dos a cuatro años de cárcel a quienes con un arma interrumpan el servicio de transporte público; con dos a cinco años a “quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado” estén o no en el lugar y con tres a seis años a quienes amenacen a una persona con sacarle la “asignación de un beneficio, plan, subsidio de cualquier índole” para que asistan a una protesta.

Con permiso para disparar

Asimismo, la propuesta del Gobierno es reformar el artículo 34 del Código Penal para extender la definición de la legítima defensa y habilitar que no serán penados quienes obren “en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo; en cuyo caso, la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”.

El Código vigente, por el contrario, establece que “las fuerzas de seguridad podrán hacer uso del arma de fuego cuando su vida o la vida de otras personas estén en riesgo”.

Reforma electoral

Como ya había anticipado, el Presidente busca eliminar el sistema de Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) y también implementar el uso de la Boleta Única.

“Es increíble que en 40 años de democracia no hayamos sido capaces de cambiar este sistema tan arcaico donde un elector llega a un cuarto oscuro y se encuentra con 500 boletas de partidos y de alianzas y de sectores”, había dicho el ministro del Interior, Guillermo Francos.

El proyecto, asimismo, pretende cambiar la composición de la Cámara de Diputados. Se pasaría del sistema actual -D’Hont- que determina la cantidad de diputados de forma proporcional con la población, a un sistema de circunscripciones uninominales. Esto último implica la división del país en 254 circunscripciones y se elegirá un diputado por cada una.

Reforma jubilatoria

El artículo 106 del proyecto suspende la “aplicación del artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus complementarias modificatorias” y faculta al Poder Ejecutivo para “establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica”. En otras palabras, lo que pretende hacer Milei es eliminar la normativa actual y generar una fórmula nueva a criterio del Poder Ejecutivo.

Según el artículo 106 de la ley enviada por Milei, “hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder Ejecutivo Nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”. Es decir, los aumentos serán por decreto mientras no haya fórmula automática. Y solamente para las jubilaciones más bajas, lo cual achataría a las más altas por inflación.

Ley Micaela

Milei quiere modificar la Ley Micaela, que establecía la capacitación obligatoria en materia de género para todas las personas que integran los tres Poderes del Estado. Según la ley ómnibus, la normativa pasaría a brindar capacitaciones solo acerca de “violencia familiar y contra la mujer”, dejando de lado cualquier atisbo de tratar temáticas vinculadas a la diversidad sexo-genérica.

El proyecto del Ejecutivo también pretende las capacitaciones sean elaboradas y diseñadas solo por la Secretaría de Niñez y Familia y no contempla (como sí lo hace la legislación actual) que los organismos públicos puedan “realizar adaptaciones de materiales y/o programas, o desarrollar uno propio”. La autoridad de aplicación de la ley pasaría a ser el Ministerio de Capital Humano.

Retenciones a las exportaciones

La iniciativa del Gobierno pone un piso mínimo del 15 por ciento para todas las exportaciones. Las excepciones son las que se hicieron públicas en los últimos días por presión del sector agropecuario –que consiguió mantener en cero las retenciones a 18 economías regionales–, para el sector vitivinícola y subproducto del limón; y para el sector de hidrocarburos y minería, que se mantienen congeladas en 8 (petróleo) y 4.5 por ciento, respectivamente.

El artículo 200 de la ley “ómnibus” es el que transforma en proyecto el anuncio que dio el ministro de Economía, Luis Caputo, respecto del incremento al 15 por ciento de la alícuota de derecho de exportación para todas las mercaderías que hasta el momento no estuvieran gravada o lo estuvieran por un porcentaje menor. En tanto, la norma indica que aquellos sectores que ya estuviesen por encima no serán modificados y confirma la actualización del 33% para los subproductos de soja (harinas y aceites).

En el artículo 206, el proyecto confirma el anuncio que hizo el secretario de Bioeconomía, Fernando Vilella, después de que la Mesa de Enlace y otros sectores del agro pusieran el grito en el cielo por la quita de la retención del cero por ciento, que había establecido el ex ministro de Economía, Sergio Massa. Así confirma que el arancel se mantendrá en cero para los siguientes complejos exportadores: olivícola, arrocero, cueros bovinos, lácteo, frutícola, hortícola, porotos, lentejas, arveja, papa, ajo, garbanzos, miel, azúcar, yerba mate, té, equinos y lana. 

Aranceles para extranjeros en universidades

De acuerdo con el artículo 553 de la ley ómnibus, pasaría a existir la posibilidad de que las universidades estatales sean aranceladas para aquellos extranjeros que no tengan residencia permanente en el país.

“Los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal para todo ciudadano argentino nativo o por opción y para todo extranjero que cuente con residencia permanente en el país, son gratuitos, quedando prohibido establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel o tarifa, directos o indirectos. Las instituciones de educación superior de gestión estatal y las universidades nacionales en ejercicio de su autonomía, podrán establecer aranceles para los servicios de enseñanza de grado o de trayectos educativos para aquellos estudiantes que no reúnan los requisitos previstos en el párrafo primero”, dice el texto.

Fuente Resumen Latinoamericano

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