
La medida afectará a todos los pasajeros de vuelos internacionales con destino a Estados Unidos, incluidos quienes solo hagan escala en el país. Las autoridades exigirán una declaración firmada para prevenir la propagación del ébola
Los viajeros que vuelen a Estados Unidos tendrán que cumplir un nuevo requisito sanitario a partir del próximo 3 de noviembre. Desde las 23:59 horas, según el horario de la costa este estadounidense, las autoridades exigirán a quienes embarquen en un vuelo internacional con destino al país una declaración firmada en la que certifiquen que no han estado en la República Democrática del Congo (RDC) durante los 21 días anteriores.
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La medida, anunciada por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de Estados Unidos (CDC), busca reducir el riesgo de introducción del virus del ébola en el país. La obligación se aplicará independientemente de la nacionalidad del viajero o del país desde el que emprenda el vuelo hacia Estados Unidos.
El requisito tampoco afectará únicamente a quienes tengan Estados Unidos como destino final. También deberán presentar la declaración los pasajeros que utilicen un aeropuerto estadounidense para hacer escala y continuar posteriormente su viaje hacia otro país.
Por tanto, realizar una conexión en Estados Unidos no eximirá de cumplir esta obligación. Los viajeros deberán completar y firmar el documento antes de embarcar, siguiendo el procedimiento establecido por la compañía aérea.
¿Qué deben declarar los pasajeros?
Cada viajero deberá confirmar que no ha estado en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores a su vuelo hacia Estados Unidos. A efectos de esta medida, también se considera haber estado en el país realizar una escala en uno de sus aeropuertos, incluso si el pasajero no abandona las instalaciones o permanece dentro del avión.
Quienes hayan estado en territorio congoleño durante ese periodo no podrán embarcar hacia Estados Unidos durante los primeros 21 días posteriores a su salida del país. Podrán hacerlo a partir del día 22, siempre que cumplan el resto de los requisitos de entrada, salvo que dispongan de una exención concedida por las autoridades estadounidenses.
La declaración podrá completarse en formato físico o digital. Cada pasajero necesitará su propio documento y, en el caso de menores de edad o personas que no puedan firmarlo por sí mismas, podrá hacerlo en su nombre un progenitor, tutor u otra persona autorizada.
Las compañías aéreas serán responsables de comprobar que la declaración esté cumplimentada y firmada antes del embarque. Quienes no presenten el documento y no estén exentos no podrán subir al avión. Además, las aerolíneas deberán conservar una copia de las declaraciones durante al menos 42 días después de la salida del vuelo hacia Estados Unidos.
Esta nueva obligación se suma al resto de requisitos necesarios para viajar a Estados Unidos. Los pasajeros deberán seguir contando con la documentación que corresponda en cada caso, como el pasaporte, el visado o la autorización electrónica ESTA.
FUENTE: La Razón







