
Por Martín Rosario
MADRID, España.- El exdiputado de ultramar Agustín Mercedes, que desde su inicio en la política viene saltando de partido en partido, ya que al parecer ese es su arte de ejercer la política, una política dominicana que a veces se torna compleja, por los intereses que se mueven en ese mundo.
A su inicio comenzó su carrera política con el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) organización esta que lo catapultó hacia el Congreso Nacional.
A raíz de las elecciones presidenciales del año 2012, al el Ing. Hipólito Mejía, al perder la contienda electoral, vino la postcrisis electoral que trajo como consecuencia la derrota, culpándose de la misma al Ing. Miguel Vargas Maldonado, los PRDeístas seguidores del expresidente de la República se marcharon y formaron tienda aparte, junto con el hoy presidente de la República Lic. Luís Abinader y su partido Alianza Social Dominicana (ASD), convirtiéndolo en Partido Revolucionario Moderno (PRM) y por supuesto Agustín Mercedes, hombre de confianza de Mejía, le acompañó en su nuevo rumbo político.
Como consecuencia de su “buena gestión” como diputado en el Congreso, Mercedes no logró ganar su candidatura en las elecciones del 2016, aunque había sido señalado por el propio Mejía como candidato, pasando por encima de otros aspirantes dentro de la joven organización política.
En su fracaso a postularse nuevamente en la citada contienda del 2016, el excongresista decidió recoger los motetes y pasó a formar fila en el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), del cual no fueron muchos los años que permaneció allí, abandonándolo luego de las pasadas elecciones en el 2020 al lado de Gonzalo Castillo, quienes entendían que con la llegada del exdiputado habían logrado sangre nueva.
Casi siempre la felicidad del pobre dura poco, aunque este no es su caso, aunque esperanzado de su regreso al Congreso Nacional, el joven político saltó a formar parte de La Fuerza del Pueblo (FP) que lidera el Dr. Leonel Fernández, sin embargo, aquí tampoco pudo cuajar sus aspiraciones congresuales y al perder la convención de su rival Rafael Domínguez, de inmediato orquestó su candidatura por otro partido aliado a la FP, del cual solo logró restar votos al candidato oficial y así lo han explicado altos dirigentes de esa organización.
Como si fuera poco, el honorable exdiputado gestionaba su regreso al PRM, lo que no se hizo esperar para que La Fuerza del Pueblo diera a conocer que el mismo había sido expulsado recientemente por incurrir, supuestamente, en la violación de los artículos: 7 y 8 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos del 15 de agosto del año 2018 y los estatutos internos del partido que lidera el Dr. Leonel Fernández.
Este día 28 de octubre el señor Agustín Mercedes regresa al PRM y lo hace entrando por la puerta grande, siendo juramentado, nada más y nada menos, que por su Secretaria General Carolina Mejía, quien además se desempeña como alcaldesa del D.N.
¡Bienvenido a este su partido honorable señor Agustín Mercedes, el PRM necesita personas de su talante!
Documento anexo:
Dirección de Madrid España
Fuerza del pueblo expulsa al Sr. Agustín Mercedes Moscat
La Dirección Política de la Fuerza del Pueblo en Madrid, expulsa D/. Agustín Mercedes Moscat, cédula de identidad y electoral N° 084-0000214-6, en fecha 27 de Junio del 2024, bajo la aprobación unánime de los miembros presente en la reunión extraordinaria celebrada en la facha antes citada. Por incurrir en la violación de los Art. 7 y 8 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos del 15 de Agosto de 2018 y nuestros estatutos . Hechos que constituyen falta muy grave, según lo dispuesto en el reglamento del tribunal disciplinario nuestra organización política.
Art. 7.– Afiliación Exclusiva. Ningún ciudadano podrá estar afiliado a más de un partido, agrupación o movimiento político. Al afiliarse a otro partido, agrupación o movimiento político se renuncia inmediatamente a la afiliación anterior.
Art. 8.- Causa de renuncia automática de afiliación. La afiliación a otro partido, agrupación o movimiento político, el apoyo a otra candidatura contraria, hacer pronunciamiento en contra de candidaturas de elección popular postuladas por su partido, la participación en actividades de partidos contrarios, o la aceptación de candidaturas por otro partido, implicarán la renuncia automática a toda afiliación anterior cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 7 de la presente ley, previa comprobación de que cualquiera de esas situaciones fueren con su aprobación o consentimiento.
En Madrid capital de España a los Veintisiete (27) días del mes de Junio de 2024