El órgano acusador además entiende que se crea un precedente importante al condenar el intrusismo profesional
SANTO DOMINGO, RD.– El Ministerio Público se mostró conforme con la sentencia de siete años de prisión impuesta a Elizabeth Silverio Silien por las juezas del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional. Las fiscales litigantes Magalys Sánchez y María Silvestre calificaron la condena como justa y proporcional a la gravedad del daño causado a las víctimas. Asimismo, resaltaron que este fallo crea un precedente importante al sancionar el intrusismo profesional en el ámbito de la salud.
Las fiscales litigantes, adscritas a la Fiscalía del Distrito Nacional, explicaron que el tribunal valoró correctamente las pruebas que demostraron que Silverio, haciéndose pasar por profesional de la salud, diagnosticaba a menores de edad con el trastorno del espectro autista, perjudicando a un grupo especialmente vulnerable. En relación con la apelación anunciada por la defensa, la fiscal Magalys Sánchez señaló que es un derecho que les asiste, aunque consideró que esto no afectará la sentencia impuesta.
Las juezas del Tercer Tribunal Colegiado, Arlin Ventura Jiménez, Leticia Martínez Noboa y Evelyn Rodríguez, declararon a Elizabeth Silverio culpable de ejercer ilegalmente la medicina utilizando documentos falsos. Como resultado, fue condenada a siete años de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres. Además, deberá pagar una indemnización de dos millones de pesos a favor de las nueve víctimas constituidas como querellantes y actores civiles, y fue condenada al pago de las costas penales y de las costas civiles a favor de los abogados que representaron sus intereses.
La sentencia también incluyó el decomiso de los títulos falsificados, uniformes y sellos gomígrafo utilizados por Silverio en su práctica fraudulenta, los cuales serán destruidos por el Estado. Las juezas declararon que Silverio violó el artículo 151 del Código Penal Dominicano, que sanciona el uso de documentos falsos, el artículo 405, que castiga la estafa, y el artículo 156, numeral 7 de la Ley 47-01 General de Salud, que prohíbe el ejercicio de profesiones sanitarias sin las debidas acreditaciones.
El tribunal destacó en su motivación que Silverio utilizó una falsa identidad profesional para lucrarse, causando un grave perjuicio económico y moral a las víctimas, que en su mayoría son menores de edad, agravando su vulnerabilidad tanto por su condición de salud como por su edad. “Las víctimas directas son menores con doble vulnerabilidad, lo que añade gravedad al delito”, subrayó la jueza durante la lectura de las motivaciones.
La fiscal María Silvestre destacó la relevancia de este fallo, afirmando: “Es la primera vez que logramos una condena por una persona que, sin acreditación alguna, diagnosticaba a menores con trastorno del espectro autista. Esto sienta un precedente fundamental para casos futuros de intrusismo profesional”. También resaltó la importancia de la cooperación internacional en la recolección de pruebas que demostraron la falta de acreditación de Silverio, calificando el caso como un grave atentado contra un sector vulnerable de la sociedad.
El tribunal fijó para el 12 de noviembre de 2024 la lectura íntegra de la sentencia, y ordenó notificar al juez de ejecución de la pena para que se inicie el cumplimiento de la condena.