
Los conceptos emitidos en este artículo son de exclusiva responsabilidad de su autor
Por Johnny Sánchez García
Diplomado con Máster de JCE 2024
República Dominicana tendrá que hacerse una pregunta que ya no puede seguir posponiendo: ¿por qué un dominicano que vive en el exterior tiene que superar más obstáculos para ejercer su derecho al voto que un ciudadano que vive dentro del país?
El voto por correo no debería verse solamente como una innovación tecnológica ni como una concesión a la diáspora. Debe analizarse como una posible herramienta para ampliar la participación electoral de cientos de miles de dominicanos que viven fuera del territorio nacional.
La discusión ya está sobre la mesa. En el Congreso se ha presentado una iniciativa para permitir que los dominicanos residentes en el exterior puedan votar por correo, precisamente porque muchos enfrentan dificultades laborales, geográficas y de tiempo para acudir personalmente a los centros de votación. (Fuente Diario Libre)
Pero una cosa es presentar un proyecto y otra muy distinta es construir un sistema electoral confiable.
El principal obstáculo es legal
La Constitución establece que el voto es personal, libre, directo y secreto. Además, la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, establece el marco bajo el cual se organizan las elecciones. (Junta Central Electoral)
Por eso, el voto postal no puede simplemente aparecer mediante una resolución administrativa. Requeriría una modificación legal que determine con precisión:
* quién puede utilizarlo;
* cómo se solicita;
* cómo se identifica al elector;
* cómo se garantiza el secreto del voto;
* cómo se evita la duplicidad del sufragio;
* cuándo se recibe la boleta;
* cómo se transporta;
* cómo se custodia;
* cuándo se cuenta;
* cómo se audita;
* y cómo se resuelven las impugnaciones.
La confianza tendría que ser el centro del sistema.
La diáspora no puede seguir siendo un elector de segunda categoría
Durante años se ha hablado de la importancia económica de los dominicanos en el exterior.
Las remesas son importantes. Los viajes son importantes. Las inversiones son importantes. Las relaciones familiares son importantes.
Pero también lo es el derecho político de esa comunidad.
La JCE continúa trabajando con el voto dominicano en el exterior y recientemente ha estado preparando protocolos relacionados con ese proceso. (Junta Central Electoral)
El siguiente paso lógico del debate debería ser preguntarse si el sistema actual ofrece suficientes alternativas para que el dominicano que vive fuera pueda votar realmente.
Porque reconocer el derecho al voto y garantizar las condiciones materiales para ejercerlo son dos cosas diferentes.
¿Es seguro votar por correo?
Aquí no caben consignas.
El voto postal tendría ventajas evidentes de acceso, pero también plantea riesgos que deben ser enfrentados técnicamente.
¿Cómo se garantiza que nadie presione al elector en su hogar?
¿Cómo se comprueba que la persona que devuelve la boleta es realmente quien está registrado?
¿Cómo se evita que una persona vote por correo y posteriormente intente votar presencialmente?
¿Cómo se custodian miles de sobres durante días o semanas?
¿Cómo se audita la cadena de custodia?
Estas preguntas no son argumentos contra el voto postal. Son precisamente las preguntas que debe responder una buena ley.
República Dominicana podría comenzar con un modelo limitado
En lugar de implantarlo de golpe para todo el padrón, podría estudiarse un programa piloto exclusivamente para el voto exterior EUA, por confianza ley federal en correos, tienen controles reforzados y auditorías independientes.
Una posible fórmula sería:
1. Registro previo.
El elector solicita participar mediante voto postal dentro de un período establecido.
2. Verificación de identidad.
La JCE verifica su inscripción y documentación electoral.
3. Boleta con mecanismos de seguridad.
El material electoral tendría elementos que permitan verificar su autenticidad sin revelar la preferencia del elector.
4. Cadena de custodia.
Cada envío debería poder ser rastreado desde su entrega hasta su recepción.
5. Sobre secreto.
La identificación del elector debe separarse físicamente de la boleta para preservar el secreto del voto.
6. Control de doble votación.
El sistema debe impedir que quien haya votado por correo pueda votar nuevamente de manera presencial.
7. Observación política.
Los partidos reconocidos deberían poder observar el proceso.
8. Auditoría independiente.
La recepción, custodia y conteo deberían quedar sujetos a auditorías antes y después de las elecciones.
9. Publicidad de resultados.
La JCE tendría que publicar estadísticas detalladas sobre votos enviados, recibidos, aceptados y rechazados.
10. Impugnación.
Debe existir un procedimiento claro para cuestionar votos rechazados o irregularidades.
El verdadero debate no es correo contra urna
El debate debería ser mucho más profundo.
¿Queremos una democracia que facilite la participación o una democracia que obligue al ciudadano a vencer obstáculos para participar?
La tecnología puede ayudar, pero no sustituye la confianza.
De hecho, la propia JCE ha señalado en relación con otras modalidades tecnológicas que cualquier modificación importante del sistema de votación debe ajustarse al marco legal y contar con consenso político. (Nuevo diario,Persio)
El voto postal debería recibir ese mismo tratamiento: ley, consenso, prueba, auditoría y transparencia.
No se trata de facilitar el voto a un partido determinado. Tampoco de beneficiar a una candidatura.
Se trata de facilitar el ejercicio de un derecho constitucional.
La pregunta que queda
República Dominicana tiene una diáspora enorme, económicamente conectada con el país y políticamente vinculada a él.
Entonces la pregunta ya no debería ser:
“¿Por qué los dominicanos del exterior quieren votar por correo?”
La pregunta debería ser:
“¿Qué sistema electoral podemos construir para que un dominicano que vive en Nueva York, Miami, Madrid, San Juan, Boston o cualquier otra ciudad pueda ejercer su derecho al voto con la misma seguridad, transparencia y dignidad que quien vive en Santo Domingo?”
El voto por correo no debe aprobarse porque esté de moda.
Tampoco debe rechazarse simplemente porque sea nuevo.
Debe estudiarse, regularse, probarse y auditarse.
Porque si República Dominicana quiere una democracia más participativa, la distancia geográfica no debería convertirse en una barrera política.
Y para la diáspora, el mensaje debería ser sencillo:
No queremos que nos regalen el voto. Queremos que nos faciliten ejercerlo
Hay una salida de menor coste para que la diáspora dominicana pueda votar y todos en padrón exterior dominicano ejerzan su derecho al voto en 2028
Estimó que, de no producirse elecciones en el exterior, con más de un 50% del padrón, la conformación del Congreso nacional no estaría establecida por la cuota garantizada para diputados de ultramar. En el Pasado apenas 20% votaron. ¿Qué estamos haciendo mal para que 800 mil dominicanos que se inscribieron con ilusión no encuentren la urna? Señores JCE.
Por su parte, el expresidente Leonel Fernández advirtió que, de imposibilitarse el sufragio, podría recurrir a vías legales. Apoyo una salida legal y justa.
La ley de régimen electoral tampoco dice expresamente que el voto es presencial, aunque se pueda inferir de los artículos 223 y 225, cuando establecen la forma de identificar al elector y la manera de votar; sin embargo, no prohíben que el modo de marcar la papeleta sea por la vía electrónica, rellenando un formulario cifrado que le envíe la Junta.
Esa imprevisión legal ante la no prohibición constitucional bien se puede suplir por resolución del órgano rector de las elecciones, en ejercicio del «poder reglamentario» que le confiere el artículo 208 constitucional y el 18.4 de la Ley 15-19 que le autoriza dictar las disposiciones que considere pertinentes para asegurar la aplicación de las normas relativas a las elecciones y su regular desenvolvimiento.
El voto es personal cuando es el votante quien raya o marca directamente la papeleta en privado en una urna, igual si lo hace desde su móvil o por correo certificado. La Constitución no contempla el voto por correo, ni lo prohíbe. Entonces, diputados del exterior, trabajen. ¿Que dijo nuestro Pte. Abinader en NYC, sobre el tema, nada, solo fotos y pasarela con diputados exterior y miembros consulares e Index?







